La maternidad subrogada y la impugnación judicial de paternidad en el Perú


Resumen

Este trabajo tiene como objetivo determinar la causa fundamental de la impugnación de paternidad en los casos de maternidad subrogada en el Perú. Se trabajó con los métodos: analítico, sintético, inductivo, deductivo, doctrinario, hermenéutico y método exegético. La unidad de análisis estuvo constituida por: 9 jueces superiores de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, 5 jueces de familia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, 6 docentes universitarios especializados en el área de Derecho Civil de las universidades: Universidad Privada Antenor Orrego, Universidad Privada Cesar Vallejo y Universidad Nacional de Trujillo y 5 fiscales especializados en familia del distrito fiscal La Libertad. Se determinó que la causa fundamental de la impugnación de paternidad con los casos de maternidad subrogada en el Perú se debe a la deficiente regulación de la maternidad subrogada lo que da lugar a la interposición de este tipo procesos impugnatorios.
Palabras claves: Maternidad subrogada, impugnación judicial de paternidad, técnicas de reproducción asistida.



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1Abogado - Universidad Privada Antenor Orrego




Abstract
This paper aims to determine the fundamental cause of the challenge of paternity in cases of surrogacy in Peru. We worked with the methods: analytical, synthetic, inductive, deductive, doctrinal, hermeneutical and exegetical. The unit of analysis was constituted by: 9 superior judges of the Superior Court of Justice of La Libertad, 5 judges Of the Superior Court of Justice of La Libertad, 6 university professors specialized in the Civil Law area of ​​the universities: Antenor Orrego Private University, Cesar Vallejo Private University and Trujillo National University and 5 family tax prosecutors in the fiscal district La Freedom. It has been observed during the course of the present investigation that the fundamental cause of the challenge of paternity with cases of surrogate motherhood in Peru is due to the poor regulation of surrogate motherhood which gives rise to the interposition of this type of processes Contentious
Key words: Maternity surrogacy, judicial challenge of paternity, Assisted reproduction techniques














I.     Introducción
En los últimos años la ciencia ha avanzado impresionantemente, permitiendo un notable avance en diversos campos. Uno de ellos, es el relacionado con la medicina reproductiva. En sentido, se ha podido apreciar un notable desarrollo en lo que respecta a las famosas técnicas de reproducción asistida, entendidas como métodos técnicos que sirven para suplir la infertilidad de las personas (Taboada Córdova L, 2006, p. 271), las mismas que han permitido que muchas parejas que tenían problemas de fertilidad puedan lograr tener un hijo.
Dentro de las técnicas de reproducción asistida, tenemos a la fecundación in vitro, conjunto de intervenciones médicas que van desde la obtención del óvulo y el esperma, hasta la implantación del óvulo fecundado en el útero propio o adoptivo para el ulterior desarrollo del mismo, pasando por la fecundación y primer desarrollo de la célula germinal fuera del seno materno (Cubillos, Juan Manuel 2013, p. 6), la inseminación artificial, intervención médica, mediante la cual se introduce el semen en el organismo femenino, no a través de un acto sexual normal, sino de manera artificial, a fin de producir la fecundación" (Rodríguez-Cadilla, María del Rosario 1997, p. 23), crio conservación de gametos, proceso en el cual células o tejidos son congelados a muy bajas temperaturas, generalmente entre -80 ºC y -196 ºC (el punto de ebullición del nitrógeno líquido) para disminuir las funciones vitales de una célula o un organismo y poderlo mantener en condiciones de vida suspendida por mucho tiempo. A esas temperaturas, cualquier actividad biológica, incluidas las reacciones bioquímicas que producirían la muerte de una célula, quedan efectivamente detenidas (Wikipedia, 2016), entre otras.
Adicionalmente a las señaladas, se cuenta con una técnica que es empleada por un grupo de parejas con la intención de tener un hijo. Esta es la denominada maternidad subrogada (Informe Warnock, 1984), la que recibe diversas denominaciones tales como: alquiler de vientre, alquiler de utero, arriendo de utero, Gestación por cuenta ajena o por cuenta de otro, Gestación por sustitución, Gestación Subrogada, Maternidad Suplente, Maternidad de alquiler, entre otras. (Del Águila, 2009, p. 31). Lamentablemente los beneficios que cuenta esta figura son pocos frente a los constantes perjuicios que me hemos visto presentarse durante los últimos años; siendo uno de los principales problemas los que sucede cuando la madre sustituta no es madre biológica del menor que lleva en su vientre, generando con ello procesos judiciales para determinar el bienestar del menor (Camacho, 2009, p. 18).
Por otro lado, la impugnación de la maternidad, establecida en el artículo 371° del código civil, es: la que impugna el hecho biológico de la maternidad, el vínculo entre el hijo y la que aparece como madre. Demostrando que no hay vinculo real de filiación entre el hijo y la aparente madre, ya no operará la presunción de paternidad del marido al no haber sido concebido el hijo por la esposa (Méndez Costa,1986 ,p. 49).
En esa orientación, la intención de esta investigación es determinar la causa fundamental de la impugnación de paternidad en los casos de maternidad subrogada en el Perú.
II. Metodología
Población y muestra
Población
Estuvo conformado por:
a.    Total de jueces superiores de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.
b.    Total de jueces de familia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.
c.    Total de docentes universitarios especializados en el área de Derecho Civil de las distintas facultades de Derecho que se encuentran en la ciudad de Trujillo.
d.   Total de fiscales especializados en familia del distrito fiscal La Libertad.
Muestra
En el proceso cualitativo, la muestra puede hallarse compuesta por grupo de personas, eventos, sucesos, comunidades, etc., sobre el cual se habrán de recolectar los datos, sin que necesariamente sea estadísticamente representativo del universo o población que se estudia. (Hernández et al., 2013, p. 384). En vista a lo señalado en las líneas anteriores, la muestra para la presente investigación se encuentra conformado por:
a.         9 jueces superiores de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.
b.         5 jueces de familia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.
c.         6 docentes universitarios especializados en el área de Derecho Civil de las universidades: Universidad Privada Antenor Orrego, Universidad Privada Cesar Vallejo y Universidad Nacional de Trujillo.
d.        5 fiscales especializados en familia del distrito fiscal La Libertad.
Unidad de análisis.
Las unidades de análisis de la presente investigación son las siguientes:
e.         Docentes universitarios especialistas en derecho de civil de la Universidad Privada Antenor Orrego.
f.          Docentes universitarios especialistas en derecho de civil de la Universidad Nacional de Trujillo.
g.         Docentes universitarios especialistas en derecho civil de la Universidad Privada Cesar Vallejo.
h.         Jueces superiores de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.
i.           Jueces de familia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.
j.           Fiscales especializados en familia del distrito fiscal de La Libertad.
k.         Código civil de 1984.
l.           Ley N° 26842: Ley General de Salud.
II.  Métodos
Se ha utilizado los siguientes métodos: analítico, sintético, inductivo, deductivo, doctrinario, hermenéutico, exegético.
Diseño de contrastación de la hipótesis
Se usó el diseño descriptivo simple, el cual se puede esquematizar de la siguiente manera:
M → O
Donde:
M: Muestra
O: Información.
Técnicas e instrumentos de recolección de datos
Se empleó: El análisis de contenido y el análisis bibliográfico.
Diseño de análisis de datos
Una vez recolectada la información que sirvió de base para la investigación, gracias al uso de técnicas e instrumentos de investigación se procedió de la siguiente manera: depuración de la información, clasificación de la información, orden y organización de la información, tabulación de la información y presentación de datos, presentada en seis capítulos.
Los entrevistados dieron su opinión con respecto a las interrogantes propuestas en la entrevista
¿Qué entiende usted por maternidad subrogada?
·         Acto que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o compromiso, mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido a favor de una pareja que figurará como padres de éste. Respondieron siete (28%).
·         La maternidad subrogada es el compromiso entre una mujer, llamada “mujer gestante”, a través del cual ésta acepta someterse a técnicas de reproducción asistida para llevar a cabo la gestación en favor de una persona o pareja comitente, llamados él o los “subrogantes”, a quien o a quienes se compromete a entregar el niño o niños que pudieran nacer, sin que se produzca vínculo de filiación alguno con la mujer gestante, sino con el o los subrogantes. Respondieron ocho (32%).
·         Es el caso de la mujer fértil que acuerda ser inseminada artificialmente con el semen de un hombre casado y gestar y dar a luz el hijo que una vez nacido será entregado al dador de semen y su esposa. Respondieron seis (24%)
·         Técnica de reproducción asistida que no se encuentra debidamente regulada en nuestro país. Asimismo, debemos indicar que esta técnica se encuentra prohibida por el artículo 7° de nuestra Ley General de Salud Vigente. Respondieron cuatro (16%).
Las respuestas revelan algunas de las principales características de la figura denominada “maternidad subrogada”, indicando el conocimiento que tienen los entrevistados respecto al tema en consulta. Sin embargo, también indica que han existido algunos entrevistados que solo tienen un conocimiento básico respecto a la figura en mención; limitándose a proponer una noción relativamente sencilla y simple.
S opina que la gran mayoría de definiciones que fueron propuestas por los entrevistados, proponen ciertas características de la figura en mención, siendo algunas de ellas las siguientes:
• Acto ilícito que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o compromiso.
• Para concretar tal acto es necesario que la mujer gestante se someta a cualquier técnica de reproducción para llevar a cabo la gestación.
• A través de este “compromiso” se “ceden derechos” sobre el recién nacido a favor de una pareja que figurará como padres de éste (padres subrogantes).
• No existe vinculo filiatorio con la mujer gestante, sino con el o los subrogantes.
En consecuencia, las características señaladas en las líneas precedentes se han podido verificar en las cuatro respuestas presentadas. No obstante, se considera que la respuesta señalada en el literal b) es la más concreta de todas. En consecuencia, lo señalado en dicha respuesta nos demuestra que los entrevistados que optaron por esta respuesta cuentan con una noción compleja de la maternidad subrogada, en comparación a los otros entrevistados que señalaron características similares.
¿Considera usted que existe una regulación adecuada de la maternidad subrogada en nuestro país? SI/NO
Respondieron si cinco (20%) y no veinte (80%).
Los entrevistados que consideraron que existía una adecuada regulación de la maternidad subrogada indicaron que no era muy frecuente que la figura de la maternidad subrogada llegase a la vía judicial. Lo expuesto en las líneas precedentes, genera una enorme preocupación ya que ello evidencia la falta de conocimiento sobre este tipo de temáticas, más aún causa una enorme sorpresa debido a que existe casuística relativa al tema de las técnicas de reproducción asistida tanto a nivel del derecho comparado como a nivel nacional.
Así por ejemplo cabe señalar algunas jurisprudencias relacionadas al denominado “derecho genético” y específicamente a las técnicas de reproducción asistida, haciéndolo con particular acierto y cautelando la dignidad de la persona, sobre cuya base se erigen derechos tales como el derecho a la vida, integridad, identidad, intimidad, etc.  En vista de ello se puede señalar algunas jurisprudencias, de las cuales dos se encuentra relacionadas con la denominada “maternidad subrogada”.
En caso su respuesta anterior fuera negativa ¿Indique usted cuales son los principales vacíos o deficiencias que no se han contemplado no se han contemplado en la legislación nacional respecto a la maternidad subrogada?
No se cuenta con un adecuado cuerpo normativo que regule esta figura y otras técnicas de reproducción. Respondieron ocho (40%).
Lo señalado por los entrevistados, es muy cierto. Hasta la fecha no se  cuenta con una regulación adecuada respecto a las técnicas de reproducción asistida, ni mucho menos un cuerpo normativo que se encargue de presentar los supuestos en los que se encuentra prohibido la maternidad subrogada.
Falta una debida sanción penal en aquellos casos en que personas emplee esta técnica para lograr una ventaja económica. Respondieron cinco (25%)
Los entrevistados sostuvieron que también existe una ausencia normativa sancionadora respecto a esta temática.  Así, señalaron que a la fecha solo se encuentra tipificado en nuestro código penal vigente la prohibición de emplear cualquier técnica de manipulación genética con la finalidad de clonar seres humanos.
No existe la atención debida por parte del legislador para poder frenar el tráfico de vientres de alquiler que se viene dando desde hace buen tiempo en nuestro país. Respondieron cuatro (20%)
Lo señalado por los entrevistados es muy cierto. Se tiene conocimiento que a la fecha se han presentados más de tres proyectos legislativos en estos últimos años, y ninguno de ellos ha sido aprobado. Es evidente que los legisladores, optan por qué proyectos legislativos de este tipo tengan el “sueño de los justos” en vez de debatirlos, modificarlos de ser el caso y aprobarlos para que operen en nuestro país.
El contenido establecido en el art. 7° de la Ley General de Salud es relativamente sencillo. Respondieron tres (15%)
Los entrevistados señalan que el contenido establecido en el artículo 7° es sumamente sencillo y contiene una prohibición muy general. Tal y como lo hemos visto en el literal anterior la norma en mención requiere de una modificación. No obstante, es menester señalar que dicho artículo -en el mejor de los casos- debería ser trasladado a un cuerpo normativo en donde se regule adecuadamente todas las técnicas de reproducción asistida y las debidas prohibiciones. Esperemos que un futuro, nuestros legisladores tomen la atención debida a esta temática, la cual resulta muy preocupante.
¿Considera usted que la Casación 563-2011-Lima, cautelo idóneamente los derechos del menor nacido a través de la denominada maternidad subrogada? Fundamente su respuesta.
Respondieron si  14 (56%) y no  11 (44%)
Las respuestas proveídas por aquellos entrevistados quienes han manifestado su opinión respecto a la regulación de la maternidad subrogada a través de la Casación N° 563-2011-LIMA. La cual es una de las pocas resoluciones relativas al denominado “derecho genético” y que versan específicamente sobre la “maternidad subrogada”.
1.      Se ha determinado que la causa fundamental de la impugnación de paternidad con los casos de maternidad subrogada en el Perú se debe a la deficiente regulación de la maternidad subrogada lo que da lugar a la interposición de este tipo procesos impugnatorios.
2.      Las técnicas de reproducción asistida son aquellos métodos destinados a suplir la infertilidad en los seres humanos, logrando satisfacer el derecho a la procreación, entendido como aquella facultad individual que tiene la persona para procrear con quien quiera, cuando quiera y donde quiera. Así, existe una variedad de técnicas de reproducción humana, dentro de las cuales destaca: la inseminación artificial, la fecundación in vitro, el congelamiento de embriones y la maternidad subrogada
3.      De las técnicas de reproducción humana antes mencionada, la más controvertida es sin lugar a dudas la maternidad subrogada, la misma que consiste en el compromiso entre una mujer, llamada “mujer gestante”, a través del cual ésta acepta someterse a técnicas de reproducción asistida para llevar a cabo la gestación en favor de una persona o pareja comitente, llamados él o los “subrogantes”.
4.      Hoy en día no existe una legislación específica referida a las técnicas de reproducción asistida, entre las que destacada la maternidad subrogada. Como consecuencia de ello, no contribuye a la resolución de problemas concernientes a la impugnación de paternidad ya que dicha temática no cuenta con una adecuada regulación. En consecuencia, esta deficiencia normativa genera que los padres subrogantes recurran a la vía judicial para quedarse con un niño que no es biológicamente suyo. Al presentarse dichas controversias judiciales, se desvirtúa la finalidad por lo que se recurrió a dicha técnica.
5.      La impugnación de paternidad se presenta cuando el marido demandante considera que el hijo concebido con su esposa, a pesar de que este se encuentra amparado por la referida presunción pater is est quen nuptiae demostrant, no es suyo. Así, esta institución, es empleada por los padres comitentes con la intención de impugnar la paternidad del nacido mediante esta técnica de reproducción asistida.
De esta manera, apreciamos que dicha presunción viene siendo dejada de lado a raíz de los casos que se suscitan en la realidad, los cuales tiene como origen los constantes adelantos científicos.

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